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BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE 13 BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS MUSICALES EN LA BANDA PROVINCIAL DE MÚSICA, DEPENDIENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL de Guadalajara
Es un hecho que, en los actuales planes de estudios musicales, se contempla la necesidad de reforzar las enseñanzas de los distintos ciclos formativos con la realización de prácticas, que contribuyan a la ampliación y al perfeccionamiento de la formación artístico musical ya obtenida, siendo un estímulo y apoyo para el posterior desarrollo en el ámbito profesional. Para contribuir a esta tendencia, que esta corporación provincial considera positiva, y en la misma línea de actuación de otras Instituciones públicas y privadas, se convocan 13 becas para la realización de prácticas musicales en la Banda provincial de música, dependiente de la Diputación Provincial de Guadalajara.
A efectos de tramitar de una manera eficaz, y según los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, la concesión de estas becas, se procede a hacer pública la convocatoria de las mismas. La convocatoria, aprobada por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2014, se regirá conforme a las siguientes
BASES
Primera.- Objeto de la Convocatoria.
1- Se convocan 13 becas cuya finalidad es la realización de prácticas musicales en la Banda de música provincial de Guadalajara, para contribuir a la ampliación y perfeccionamiento de la formación artístico, musical de los becarios.
2- La distribución de las citadas becas corresponde a las siguientes especialidades e instrumentos:
Especialidad |
Instrumento |
N.º de becas |
Viento-madera |
Clarinete |
6 |
Viento-madera |
Saxofón barítono |
1 |
Viento-madera |
Oboe |
1 |
Especialidad |
Instrumento |
N.º de becas |
Viento-metal |
Trompeta |
2 |
Especialidad |
Instrumento |
N.º de becas |
Percusión |
Timbales, láminas, caja, pequeña percusión |
3 |
Segunda.- Destinatarios.
1.- Podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que cumplan, al menos, uno de los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Graduado universitario o equivalente.
b) Estar cursando estudios del Grado Superior de Música.
Tercera.- Dotación y características de las becas.
1.- La dotación de cada una de las becas será de 640 euros, con cargo a la partida 320.48900 del vigente Presupuesto de la Diputación Provincial. Esta cantidad quedará minorada con el IRPF correspondiente y, aun no teniendo vinculación laboral, con la cotización pertinente a la Seguridad Social. Los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.
2.- Los becarios desarrollaran las prácticas durante dos meses, según la programación realizada por los responsables de la Banda provincial de música una vez concluido el proceso de selección.
3.- La concesión de estas becas no supone relación laboral de ningún tipo, ni de prestación de servicios entre los becarios y la Diputación Provincial de Guadalajara, constituyendo la formación del becario su finalidad única y primordial.
4.- El tiempo de formación (beca) no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las administraciones públicas.
Cuarta.- Solicitudes y documentación.
1.- Las solicitudes, se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara (Plaza de Moreno s/n. 19001 Guadalajara) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.- La solicitud se acompañará de una fotocopia compulsada del DNI, de la titulación académica y curriculum vitae en el que se harán constar los datos a que hace referencia la base 5.2, conteniendo, asimismo fotocopia compulsada de la documentación invocada.
3.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Quinta.- Selección de los becarios.
1.- Para la selección de los becarios se constituirá una Comisión de valoración, integrada por la Presidenta de la corporación o Diputado en quien delegue, la Secretaria de la corporación o funcionario en quien delegue, un representante de cada grupo político de la corporación, la Directora de la Banda provincial de música y tres técnicos del Servicio de Educación y Cultura de la Diputación Provincial.
2.- La Comisión de valoración seleccionará a los becarios conforme al siguiente baremo:
2.1. TITULACIÓN ACADÉMICA
2.1.1.- Grado Superior de Música: 5 puntos por cada especialidad instrumental que posea.
2.1.2.- Estar cursando Grado Superior de Música: 4 puntos.
2.1.3.- Grado Medio de Música: 3 puntos por cada especialidad instrumental que posea.
La puntuación máxima a computar por titulación académica será de 10 puntos.
2.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
2.2.1.- Cursos de especialización musical con el instrumento: 0,10 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 1 punto.
2.2.2.- Cursos de música en otras materias: 0,10 puntos por cada 20 horas, hasta un máximo de 1 punto.
La puntuación máxima a computar por formación complementaria será de 2 puntos.
2.4.- AUDICIÓN
Los aspirantes deberán demostrar que poseen una práctica instrumental suficiente que les permita su aplicación en la Banda de música. Para ello los candidatos deberán:
A) Presentar, adjuntando copia, dos obras de estilo diferente, que deberá interpretar en la prueba. En caso de percusión, una obra debe incluir láminas.
Los aspirantes a cualquier especialidad deberán aportar el instrumento, excepto en la categoría de percusión, que le será facilitado en el momento de la prueba.
Las pruebas se realizarán con el instrumento elegido, sin necesidad de pianista acompañante.
Los criterios para valoración de la interpretación instrumental elegida por el candidato son los siguientes:
- Adecuar la interpretación a las indicaciones de la partitura. Se valorará la fidelidad de la interpretación a todos los elementos que configuran la partitura: Tempo, ritmo, altura del sonido, dinámica, agógica, ornamento, articulación, etc. (hasta un máximo de 4 puntos).
- Valorar la capacidad técnica y sonora. Se evaluará la corrección técnico-instrumental y la calidad sonora (hasta un máximo de 4 puntos).
B) Realizar, a primera vista, la lectura e interpretación de fragmentos musicales elegidos por la Comisión de valoración con el instrumento.
Los fragmentos para la realización de la lectura a primera vista asignados por el tribunal serán idénticos para todos los candidatos, en cada especialidad instrumental.
En caso de ser precisa más de una sesión para la realización de la prueba, se cambiarán los ejercicios conservando la misma dificultad para los candidatos.
El candidato dispondrá de 5 minutos para preparar varios fragmentos propuestos por el tribunal, que le serán entregados por el mismo. Durante este tiempo el candidato podrá contar con su instrumento si bien en ningún caso podrá hacerlo sonar.
La puntuación de la prueba de lectura a primera vista se ajustará a la calificación numérica siguiente, teniendo en cuenta los criterios reseñados a continuación:
Criterio 1: Ritmo y tempo (hasta 4 puntos).
Criterio 2: Interpretación y afinación (hasta 4 puntos).
Criterio 3: Articulación y dinámica (hasta 4 puntos).
La puntuación máxima a computar por audición será de 20 puntos.
Las audiciones serán convocadas en el tablón de anuncios de la Banda de música provincial de Guadalajara (Centro San José, c/ Atienza, 4, 19003 Guadalajara), con una antelación mínima de 15 días a su celebración.
2.5.- De producirse empate a puntos, este se resolverá a favor del que tenga mejor puntuación, sucesivamente, en el apartado de audición, en el de titulación y en el de formación complementaria. De permanecer el empate, el orden se establecerá por la menor edad de los aspirantes.
3.- La Comisión señalada en la base 5.1 elaborará una relación de aspirantes de cada uno de los instrumentos, por orden de puntuación. Esta relación se hará pública en el tablón de anuncios de la Banda de música de la Diputación Provincial.
Sexta.- Adjudicaciones de la becas.
1.- El órgano competente para resolver esta convocatoria será la Junta de Gobierno de Diputación Provincial, a propuesta de la Comisión de valoración.
2.- En base a la relación señalada en la base 5.3, la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial adoptará acuerdo con la lista de adjudicatarios de las becas, que se publicará en el tablón de anuncios de la Banda provincial de música (Centro San José, c/ Atienza, 4, 19003 Guadalajara) y en el Palacio de la Diputación Provincial (Plaza de Moreno, 10, 19001 Guadalajara).
3.- Los aspirantes que no obtengan beca, quedarán en lista de espera en cada uno de los instrumentos, a los efectos que se indican en la base 6.4.
4.- De producirse alguna vacante o renuncia antes del inicio, o durante el período de disfrute de las becas, las correspondientes vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que tuvieran la mayor puntuación después de los beneficiarios iniciales.
En el supuesto de agotarse los suplentes de alguno de los instrumentos recogidos en esta convocatoria, podrá ofertarse la beca vacante a los suplentes de otros instrumentos, comenzando por el suplente que haya logrado una mayor puntuación en instrumentos de la misma especialidad. En caso de continuar vacante, podrá ofertarse a los suplentes de los instrumentos de las otras especialidades, comenzando, asimismo, por el suplente que haya logrado una mayor puntuación.
Séptima.- Obligaciones de los becarios.
Es obligación de los becarios:
a) Aceptar la beca por escrito, en plazo máximo de 5 días naturales, a partir de la publicación de la resolución en el tablón de anuncios. No obstante, se comunicará telefónicamente o por e-mail a los interesados seleccionados. Si no se produce la aceptación por escrito, se entenderá que renuncia a la misma.
b) Realizar las prácticas objeto de la beca, de acuerdo con el programa elaborado para cada instrumento por la Directora de la Banda provincial de música, debiéndose adaptar a las normas de régimen interno; en caso contrario, se podrá revocar la beca.
c) Realizar los ensayos semanales con la Banda provincial de Guadalajara, contemplados en el plan específico de formación de los becarios.
d) Participar en aquellas actuaciones de la Banda de música provincial para las que sean requeridos por la Directora de la banda.
Octava.- Abono de las beca.
1.- El abono de la beca se fraccionará en dos pagos, por periodos vencidos.
2.- En caso de producirse alguna renuncia antes del vencimiento señalado en la base 8.1, se abonará la parte proporcional al periodo disfrutado.
Novena.- Incumplimiento y reintegro de la beca.
El incumplimiento de lo establecido en las bases anteriores, facultará a la Diputación Provincial de Guadalajara a solicitar, del becario correspondiente, el reintegro de las ayudas concedidas.
Guadalajara, 25 de septiembre de 2014.– La Presidenta, Ana C. Guarinos López.